Prohibida la circulación de motos con niños menores de 10 años en La Guajira

 


La circulación de motos en Guajira con niños y niñas menores de 10 años queda prohibida cumpliendo con el Reglamento Parcial de la Ley de Tránsito Terrestre plasmado en el artículo 31 numeral 7.

Con la activación de la campaña “Cuida a tu Hijo” se intenta crear concienciación en las personas a la hora de manejar motocicletas.

A través de su cuenta en Twitter @poliguajira_ dió a conocer que sancionará a conductores de motocicletas que transporten a menos de 10 años. 

Según el Reglamento Parcial de la Ley de Tránsito Terrestre plasmado en el artículo 31 numeral 7 estipula las normas que deben acatar los conductores de motos a la hora de circular en las vías.

“Los conductores y conductoras de motocicleta deberán cumplir, en cuanto les sean aplicables, los preceptos establecidos en las normas generales de circulación”, dice el artículo 31 numeral 7.

Entre las disposiciones del referido reglamento destacan no acelerar bruscamente, contar con los permisos de circulación, usar obligatoriamente el casco de protección, los pasajeros deben ir sentados y los niños no debe ir en el asiento del conductor.


Notimara







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